Justicia fiscal

No será posible aumentar los ingresos públicos sin actuar sobre figuras impositivas que en mayor o menor medida recaen sobre todos los ciudadanos.

Vozpopuli. 
Artículo de Jose Luis Feito

Es contraproducente para frenar el desplome económico y asentar las bases de la recuperación proponer ahora el establecimiento de nuevos impuestos como ha hecho el vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias. Más aún si se trata de impuestos confiscatorios e inexistentes en los países de nuestro entorno, que no aportarían prácticamente recaudación adicional alguna y cuyo mero anuncio deprime la confianza empresarial y pone en marcha la maquinaria de la fuga de capitales. No es este el momento de analizar detalladamente esta u otras propuestas impositivas pero si merece la pena examinar con algún detenimiento el concepto de justicia fiscal en el que se apoya el vicepresidente del Gobierno para justificar su impuesto “patriótico” sobre patrimonios no inmobiliarios superiores al suyo.

Según el vicepresidente, el grado de justicia fiscal de un país se ha de medir por su recaudación tributaria (incluyendo cotizaciones sociales) en proporción al PIB. Así, como en el año 2018 dicha proporción se situó en el 40,5% en la UE y en el 35,2% en España, estaríamos a 5,3 puntos porcentuales de la “justicia fiscal” media ponderada del conjunto de países de la Unión. Como el vicepresidente hablaba de 7 puntos de diferencia entre la “justicia” fiscal de la UE y la nuestra, empero, es posible que en lugar de la recaudación por impuestos y cotizaciones sociales se estuviera refiriendo al total de ingresos públicos, que en 2018 ascendían al 46,2% del PIB en la UE y al 39,2% en España. Los ingresos públicos
totales, además de la recaudación por impuestos y cotizaciones sociales, incluyen los ingresos de todas las AAPP por tasas y precios de servicios públicos como educación, transporte público, correos, copagos farmacéuticos, tasas por uso de infraestructuras, etc, tasas y precios todos ellos sensiblemente superiores en la UE a los vigentes en nuestro país.

Estos otros ingresos públicos representaban en 2018 alrededor del 5,7 y del 3,9% del PIB en la UE y en España respectivamente. Es instructivo, por tanto, consignar que con solo igualar estos precios y tasas públicas a los niveles medios de la UE conseguiríamos recaudar cerca de dos puntos del PIB, más del doble de la imaginaria recaudación que según el vicepresidente se alcanzaría con su ‘tasa covid’ o impuesto “patriótico” sobre el ahorro acumulado de los españoles. Consecuentemente, en coherencia con los principios del vicepresidente, sería más “justo fiscalmente” actuar sobre estos precios que sobre la tributación de la riqueza.

Nuestro país tiene unas contribuciones empresariales a la Seguridad Social y una tributación sobre la propiedad y las rentas de capital entre las dos o tres más elevadas de la UE

Veamos algunas otras consecuencias lógicas de la definición de justicia fiscal del vicepresidente ciñéndonos a la recaudación tributaria. Según su criterio, un país que tuviera una recaudación por impuestos indirectos (IVA e impuestos especiales sobre tabaco, alcohol, gasolina y electricidad) muy superior y una recaudación por impuestos sobre las rentas salariales algo superior a la de otro, tendría una mayor “justicia fiscal” que la de ese otro si tiene una mayor recaudación tributaria en % del PIB, aun cuando no tuviera impuesto de patrimonio y sus impuestos sobre los beneficios empresariales y sobre las demás rentas del capital fueran similares o inferiores a los de ese otro.

Pues bien, el primer ‘país’ sería el promedio de la UE y el otro sería España. En efecto, nuestro país tiene unas contribuciones empresariales a la Seguridad Social y una tributación sobre la propiedad y las rentas de capital entre las dos o tres más elevadas de la UE (notablemente superiores a las de los mucho más “justos fiscalmente” países escandinavos). Por contra, tenemos un tipo efectivo sobre los rendimientos del trabajo sensiblemente por debajo de la media europea y, sobre todo, tenemos unos impuestos indirectos efectivos que son los más bajos de los 28 países de la UE (aproximadamente la mitad de los tipos efectivos vigentes en el valhalla de la justicia fiscal).

Como bien ha dicho recientemente el gobernador del Banco de España, no será posible aumentar los ingresos públicos sin actuar sobre figuras impositivas que en mayor o menor medida recaen sobre todos los ciudadanos. El gobernador del Banco de España, por cierto, conoce de primera mano de lo que habla como lo atestigua su trabajo publicado en el documento ocasional nº1406 de dicha entidad (Estructura impositiva y capacidad recaudatoria en España: un análisis comparado con la UE, 2014), estudio que ha sido recientemente actualizado por David López Rodríguez y Cristina García Ciria en el documento ocasional nº1810 (Estructura impositiva de España en el contexto de la UE, 2018).

Sería como confundir correlación con causación, “si los millonarios fuman habanos sólo tengo que fumar habanos para hacerme millonario”

Cabe añadir que cuando las estructuras impositivas sobre la renta son progresivas, como es el caso de España y del resto de países de la UE, la recaudación y el esfuerzo fiscal correspondiente guardan proporción con el nivel de renta per cápita de forma que a tipos impositivos iguales la recaudación será mayor y el esfuerzo fiscal menor en los países de mayor renta per cápita. Nuestro país tiene un PIB per cápita un 10% inferior a la media de la UE y un 35% inferior al de países como Dinamarca, Austria, Holanda o Alemania, diferencial que se ampliará con esta crisis. No tiene sentido, de hecho sería tan imposible como que Sísifo alcanzara su meta, pretender converger en “justicia fiscal” sin converger antes o al mismo tiempo en renta per cápita. Sería como confundir correlación con causación, “si los millonarios fuman habanos solo tengo que fumar habanos para hacerme millonario”. No se conseguirá aumentar los ingresos públicos en % del PIB, ni reducir el peso en el mismo de la deuda pública, mediante medidas impositivas que coarten el crecimiento económico. Pero de todo esto, y de que cuando la estructura del gasto público es muy progresiva la de los impuestos no tiene por qué serlo tanto, y de las reformas necesarias para fomentar el crecimiento económico hablaremos en otro momento.

En fin, volviendo al tema central del artículo, si el vicepresidente es respetuoso con la ley de los silogismos y con la evidencia económica debería retirar su propuesta impositiva y sustituirla por la hoja de ruta que han seguido los países que tanto dice admirar por haber conseguido tan alto grado de “justicia fiscal”. Claro que una de las características más conspicuas de los políticos es la de arrumbar dicha ley cuando sus conclusiones atentan contra las preferencias de su electorado.

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