La comunidad educativa es consciente de que, al inicio del curso escolar 2022-23 se implantarán cambios educativos –según establece la disposición final quinta de la Lomloe– que afectarán a las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Los reales decretos de currículos y organización de estas enseñanzas llevan un notorio retraso en su publicación, la cual se esperaba en enero. La trascendencia de estas normas estatales es evidente en las ya publicadas: Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, que establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil y Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, que establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la E. Primaria. El de Educación Infantil es innovador por ser el primero de carácter estatal que regula la etapa totalmente. Entrará en vigor el 1 de septiembre de 2022 en todos los cursos y deberán aplicarlo todos los centros, independientemente de su titularidad, que imparten estas enseñanzas.Por otra parte, el real decreto de Educación Primaria introduce el “Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica”, definido en el artículo 9, como: “…concreción de los principios y fines del sistema educativo referidos a la educación básica que fundamenta el resto de decisiones curriculares. El Perfil de salida identifica y define, en conexión con los retos del siglo XXI, las competencias clave que el alumnado debe haber desarrollado al finalizar la educación básica…” El anexo I establece las características del perfil de salida, referente común para toda la enseñanza básica. Según el artículo 3.3. de la Lomloe, está formada por la educación primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y los ciclos formativos de Grado Básico.
Los reales decretos determinan en su artículo 2 una serie de definiciones referidas al nuevo currículo: saberes básicos, situaciones de aprendizaje y diferencia las competencias en básicas y específicas. Estos nuevos términos no están incluidos en el concepto de currículo de la Lomloe –artículo 6– circunstancia sorprendente desde el punto de vista normativo. Este neolenguaje pedagógico genera dudas sobre su aplicación en un profesorado harto de cambios cosméticos en las normas educativas.
Se prevé que antes del 31 de marzo se publiquen los reales decretos correspondientes a la ESO y el Bachillerato. Este retraso está originando un generalizado y progresivo malestar en los centros educativos, pues su contenido es relevante no solo por los cambios curriculares que conllevan sino por la introducción de aspectos organizativos que repercuten de forma notoria en su funcionamiento. Habrá que cambiar programaciones didácticas, libros de texto, materiales curriculares y otras cuestiones pedagógicas; además de horarios, agrupación de materias o áreas en ámbitos, la impartición de una materia en un curso o en varios. También afecta a la oferta académica de cada centro, lo que repercutirá notoriamente en las plantillas docentes. Esta situación explica la lógica incertidumbre en los claustros y la movilización de los colectivos docentes más afectados: profesorado de filosofía, informática, economía, lenguas clásicas, etc.
Fuente: Revista Magisterio.
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Cuando el Ministerio de Educación , publique los decretos sobre la ESO,BACHILLERATO Y FP, programaremos los cursos correspondientes.