Uno de los cambios más importantes a nivel empresarial es la regulación de la contratación temporal. Con esta reforma, se otorga primacía al uso del contrato indefinido sobre los temporales.
La reforma laboral afectará a todos los ámbitos de la empresa, pero especialmente a los Recursos Humanos. Los cambios que se plantean en la nueva normativa suponen nuevas regulaciones en el ámbito de la contratación. Habrá también nuevas modalidades de contratos.
Uno de los cambios más importantes a nivel empresarial es la regulación de la contratación temporal. Con esta reforma, se otorga primacía al uso del contrato indefinido sobre los temporales. De hecho, se reduce el número de contratos temporales a dos. Solo habrá, por tanto, un contrato estructural y uno formativo, ambos se podrán realizar de manera temporal.
En el caso del contrato estructural, solo podrá formalizarse por circunstancias de la producción y por sustitución de otro trabajador con reserva de puesto de trabajo. Si se hiciera por circunstancia de la producción, solo podrá firmarse debido a incrementos imprevisibles de la producción. Su duración máxima será de seis meses, que se podrá ampliar como máximo a un año. Igualmente, se reduce a 18 meses, en un periodo de 24 días, el plazo para encadenar contratos para adquirir la condición de indefinido.
También se modifican los contratos formativos. En este caso, se fomenta el empleo del contrato fijo-discontinuo para ocupar el vacío que deja el contrato por obra o servicio.
También sufre una modificación la cotización de los contratos de corta duración. En este caso, se reforma la ley de infracciones y sanciones para los casos de fraude en la contratación con multas que se aplicarán por cada contratación que se haga de forma fraudulenta.
Por otro lado, el convenio del sector prevalecerá sobre los convenios de empresa, sobre todo cuando tenga que ver con las condiciones salariales del trabajador.
A la hora del despido, se mantiene la actual regulación en materia de despido y modificación de condiciones de trabajo, flexibilizándose los ERTES.
La Asociación Española de Directivos de Recursos Humanos considera que este texto “no contenta a nadie al 100%. No cabe duda de que a muchos de los departamentos de recursos humanos lo que hoy nos preocupa especialmente de esta reforma es la aplicación práctica de las nuevas opciones de contratación temporal y el régimen de transitoriedad”, añaden.
Fuente: RRHH digital